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Claves para interpretar los Nuevos Aranceles de Aduanas

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Hace pocos revisamos y analizamos un artículo de Pontificia Universidad Javeriana de Colombia, escrito por el especialista Juan Barbosa donde se hablaba sobre la problemática que persiste en el nuevo arancel de aduanas.

SisArm tomó los elementos claves para entender los nuevos aranceles de aduanas de este artículo donde presentamos nuestro análisis.

Hoy en día, todo lo objeto es sensible al comercio internacional y por lo tanto puede y debe ser clasificado en el Arancel de Aduanas.

Cada uno tendrá un código único y con una estructura pre establecida basado en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Sistema Armonizado), esto busca otorgar un orden a las mercancías en el arancel desde lo productos naturales hasta productos elaborado, según su materia constitutiva, su función y uso o destino

Es por ello que la existencia y unificación de los criterios de clasificación en el mundo son importantes, y que al mismo tiempo contribuyen al orden de las mercancías en un sólo lenguaje universal. Estos criterios regidos por la Organización Mundial de Aduanas, van evolucionando y aparece cada cierto tiempo la necesidad de aplicar enmiendas en los países que han adoptado el convenio, es por ello que se habla de una Sexta Enmienda donde se expone los principales cambios y sus efectos, sus reglas de interpretación tanto de la enmienda como de la nomenclatura. Acá te damos claves que debes conocer para entender el nuevo Arancel de Aduanas:

1.Nociones básicas:

Si se refiere a los conceptos, definiciones y funciones de los órganos nombrados en esta enmienda.

Es importante recalcar que se habla de partidas, subpartidas, códigos, reglas de interpretación, notas explicativas y por lo tanto se deben conocer estas definiciones para su correcta comprensión. De estas definiciones básicas pasamos a que todo aquél que quiera aplicar la sexta enmienda debe saber definiciones un poco más complejas como por ejemplo la metodología de la clasificación arancelaria.

2.Principales cambios: 

Modificaciones: Teóricamente los cambios incorporados en las Enmiendas pueden clasificarse en dos grandes categorías: i) Modificaciones aclaratorias y ii) Modificaciones Estructurales

Las modificaciones aclaratorias consisten en revisiones de las notas de Sección / Capítulo o la descripción de los productos, o simplemente en correcciones de errores tipográficos. Por lo tanto la aplicación de los cambios que aclaran es directa y realizables simplemente con la sustitución de los textos anteriores con los nuevos textos

Las modificaciones estructurales siempre están relacionadas con cambios en la cobertura de bienes en una o más subpartidas del Sistema Armonizado. Normalmente consisten en la creación o eliminación de partidas o subpartidas del Sistema Armonizado, o cambios en los códigos o descripciones de las subpartidas del Sistema Armonizado. En algunos casos, también consisten en una revisión de las notas de sección o de capítulo siempre y cuando la revisión lleve a un cambio en la cobertura de los bienes de la respectiva subpartida Sistema Armonizado

En virtud de la Sexta Enmienda vigente a partir del 1 de enero de 2017, se incluyó una nueva partida – 9620, así como 263 nuevas subpartidas; se eliminaron tres partidas y 81 subpartidas; y a 210 subpartidas cuyo código numérico no fue modificado se les modificó su alcance en la redacción de su texto. Algunos de estos cambios son modificaciones aclaratorias pero en esta enmienda se incluyen varias modificaciones estructurales en el Arancel de Aduanas

En el Idioma: El inglés y francés como idiomas oficiales del Sistema Armonizado y la importancia del español.

Los idiomas oficiales del SA son el inglés y el francés. Sin embargo, la OMA reconoce la importancia del idioma español y es por esto que la traducción al español la realiza el Comité Iberoamericano de Nomenclatura en el marco del Convenio

Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua de América Latina, España y Portugal (“COMALEP”), quienes expiden:

a. La Versión Única en Idioma Español del Sistema Armonizado (“VUESA”);

b. La Versión Única en Idioma Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (“VUENESA”); y,

c. La Versión Única en Idioma Español del Compendio de Criterios de Clasificación de la OMA.

En ese sentido, las Nomenclaturas nacionales se actualizan con base en la NANDINA, NALADISA u otras que se modifica a su vez en atención a la VUESA y la VUENESA

3.Cómo afectan estos cambios:

La vigencia: Resoluciones de clasificaciones arancelarias expedidas antes del 1º de enero del 2017perderán vigencia en los eventos en que la subpartida arancelaria por la cual la Autoridad Aduanera clasificó una mercancía, sufra modificaciones que afecten el sentido de la clasificación, la mayoría de estas clasificaciones deberán ser correlacionadas

Modificaciones o eliminaciones: En la medida que las subpartidas sean eliminadas o modificadas, se verán afectadas las listas de desgravación pactadas en cada uno de los acuerdos comerciales

Verificación: El importador deberá verificar que la descripción no haya cambiado como consecuencia de una modificación del capítulo o de las partidas en el Sistema Armonizado, la NANDINA o el Arancel de Aduanas

Documentación de Soporte: Los certificados de origen, registros sanitarios, licencias o vistos buenos que hayan sido expedidos este año, no tendrán vigencia en los eventos que las subpartidas incluidas en los mismos hayan sido objeto de modificaciones.

Donde visualizar estos cambios:

En las notas explicativas del sistema armonizado, con validez legal en unos países y en otros no. Con información merceologica importante y muchas referencias a los textos de partida especialmente a las reglas generales, notas de sección y de capitulo, así como consideraciones generales de los capítulos arancelarios. La importancia de sus referencias, la interpretación del alcance de las partidas arancelarias las convierten en textos auxiliares necesarios

Conclusión:

La nomenclatura arancelaria es esencial para el desarrollo del comercio internacional, y es por ello que sector público y privado , deben vincularse en las discusiones de la Enmienda en el Consejo de la OMA proponiendo modificaciones que sirvan a los intereses del sector privado y estatal, así como considerar periodos de transición que sean de revisión entre ambos sectores para promover la mejora continua del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Sistema Armonizado)

Si quieres conocer más detalle sobre la Sexta enmienda, te invitamos a contactarnos

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